NORMATIVAS
VIGENTES DE I DE PROFESIONALES
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ALTA, BAJA Y MODIFICACIÓN:
es obligación notificar todo cambio
referido a los datos declarados en esta Entidad. (Datos
personales, consultorios, aparatologías, datos
impositivos (cambios de categorías), Registro Nacional
de Prestadores vigente, entre otros. Los mismos
deberán ser notificadas obligatoriamente en un lapso no
mayor a 15 días, presentando la correspondiente
documentación.
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PRESENTACIÓN DE CONSULTORIOS:
todo
profesional que facture por intermedio de esta
Asociación, deberá presentar obligatoriamente un
consultorio con domicilio en los partidos de Gral. San
Martín y Tres de Febrero, habilitado a su nombre por
Colegio de Médicos Distrito IV (*) /o nota de una
Clínica, en el caso que atienda en consultorios externos
de la misma.
(*)
Recordamos que no tendrán
validez las habilitaciones anteriores de consultorios
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CAMBIOS DE CONSULTORIOS:
no se tomará ningún cambio sin la correspondiente
habilitación.
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BAJA DE CONSULTORIO:
en el caso de no poseer un consultorio declarado en los
partidos de Gral. San Martín y Tres de Febrero, no podrá
seguir facturando en esta Asociación.
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PRESENTACIÓN DE FACTURACIÓN:
si en un lapso de 12 meses no factura, será dado de baja
automáticamente sin previo aviso.
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DATOS
IMPOSITIVOS:
Toda modificación referida a la condición ante el IVA
pasando de MONITRIBUTO a RESPONSABLE INSCRIPTO o
viceversa, deberá presentar la copia con fecha al día
extendida por AFIP (www.afip.gov.ar), donde conste la
nueva categoría, antes del 20 de cada mes. La
presentación de la misma, es responsabilidad absoluta
del Profesional.
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ATENCION DE OBRAS SOCIALES Y PREPAGOS CON
CONVENIO:
Todo inscripto, tendrá que atender sin excepción a los
afiliados de entidades y prepagos asociacionales o de
cualquier tipo, que haya contratado la AMSMY3F, no
pudiendo dar de baja en forma particular, ninguna de
estas.
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ADHESION
IOMA SISTEMA ON LINE: El profesional inscripto a
partir del 01/11/2013, de
validar su facturación en forma personal por
intermedio del sistema implementado, no pudiendo,
presentar bajo ningún concepto las planillas sin la
correspondiente validación On Line.
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CLAVE
DE ACCESO A INTERNET:
Se entregará una clave personal, para ingresar a la
página de la Entidad (AMSMY3F), donde encontrará la
liquidación mensual.
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ACTUALIZACION
DE DATOS PARA CATEGORIA LIBRE:
Todos los profesionales que pertenezcan a esta
categoría, deberán realizar una vez al año (marzo), la
correspondiente actualización de datos en la Entidad,
personalmente o vía web, con el fin de poder constatar
la continuidad en la atención de la Obras Sociales y
Prepagos con convenio.
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SOLICITUD DE PAGO POR TRANSFERENCIA
BANCARIA:
solicitar la planilla de inscripción adjuntando la
constancia de CBU emitida por la Entidad bancaria. antes
del 20 de cada mes. Recordamos que las cuentas deberán
ser personales.
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TRANSFERENCIA BANCARIA:
Los día de recepción (tres primeros días hábiles de cada
mes), deberán presentar el recibo/factura
correspondiente a su liquidación mensual. La falta de
presentación, en los tiempos establecidos, motivará la
demora de la transferencia hasta su regularización.
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RETIRO DE LIQUIDACION:
No se entregará bajo ningún concepto, el correspondiente
pago de sus honorarios, sin la presentación del Recibo/
Factura.
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REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES:
Es responsabilidad absoluta del Profesional poseer
vigente, la constancia de inscripción para la atención
de Obras Sociales y Prepagos con convenio. La no
actualización del mismo, es motivo de baja en la Entidad.
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